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Inscripción de los Socios o Accionistas al RFC

El artículo 27 del CFF establece la obligación de que los socios o accionistas tanto residentes en México como en el Extranjero deberán inscribirse en el RFC, debido a que las personas morales tienen la obligación de anotar en el libro de socios y accionistas la clave del RFC de cada socio y accionista y, en cada acta de asamblea, la clave de los socios o accionistas que concurran a la misma.

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